
La titular del juzgado de instrucción 25 de Madrid, Raquel Robles, ha citado como querellado a Miguel Ángel Rodríguez por un presunto delito de revelación de secretos el próximo 6 de mayo y ha ordenado identificar a los policías que tomaron los datos de los dos periodistas de El País cuya identidad y fotografía difundió después el jefe de gabinete de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, según adelanta elDiario.es.
La magistrada cita a Rodríguez “en su condición de denunciado y querellado”, asistido de abogado, el próximo 6 de mayo a partir de las 9:00 horas. Tras su comparecencia, la magistrada oirá a varios testigos y también a los dos periodistas perjudicados.
La Audiencia Provincial de Madrid instó a inicios de este mes a la jueza a investigar si Miguel Ángel Rodríguez (MAR) pudo incurrir en presunta revelación de secretos al enviar a un chat datos de dos periodistas -sus nombres, apellidos y una foto- que habían sido identificados por un policía. La sección quinta de la Audiencia ordenó admitir a trámite la denuncia interpuesta por el PSOE y la querella presentada por los dos periodistas afectados y revocó el archivo decretado por la titular del juzgado de instrucción 25 de Madrid hace casi un año.
MAR envió a un chat de periodistas los datos de dos periodistas que habían sido identificados por la Policía en lso alrededores de la viviebda de Ayuso
Según la denuncia, el jefe de gabinete de la presidenta de la Comunidad de Madrid envió el 19 de marzo de 2024 a un chat de periodistas la foto de dos informadores de El País, su nombre y apellidos en un mensaje en el que indicaba que habían estado “acosando a los vecinos de la presidenta, incluido niñas menores de edad, en un acoso habitual en dictaduras”.
Ese mismo día, un agente de paisano había pedido a los dos periodistas que se identificasen mientras realizaban una investigación sobre la vivienda de la presidenta madrileña y su pareja. El mensaje se envió unos días después de conocerse que la pareja de Díaz Ayuso, Alberto González Amador, había sido denunciado por la Fiscalía por un fraude fiscal de unos 350.000 euros.
La resolución de la Audiencia de Madrid, que estimó el 3 de marzo los recursos de apelación interpuestos por el PSOE y los periodistas afectados contra el archivo inicial de la causa, subrayaba que la ley establece que los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado deben “guardar riguroso secreto respecto a todas las informaciones que conozcan por razón o con ocasión del desempeño de sus funciones”. “Por lo tanto, los datos de los periodistas que un agente de policía recibió en un primer momento tenían un indudable carácter reservado y por ello mismo, se debe investigar si en la divulgación de los mismos existió infracción penal”, enfatizaba.
La juez rechazó investigar el caso en contra del criterio de la Fiscalía
Al estudiar el caso, la titular del juzgado de instrucción 25 de Madrid rechazó abrir una investigación en contra del criterio de la Fiscalía, que sí consideraba que los hechos denunciados “podrían ser constitutivos de un delito de revelación de secretos”.
La magistrada vio “intrascendente penalmente” la identificación de estos dos periodistas con nombre y apellido, así como su foto, y consideró que tienen “escasa o nula relevancia” en la afectación de la intimidad o esfera privada de quien ejerce su trabajo, dado que no incorpora “referencias añadidas a ámbitos íntimos, personales o confidenciales”.
Al analizar el delito de revelación de secretos, que debe ser cometido por autoridad o funcionario público sobre secretos conocidos por razón de su cargo, la jueza afirmó que la “simple referencia al nombre y primer apellido de dos profesionales” no puede “estar comprendido en el concepto de 'secreto, dato o información reservada', pues ninguna afectación a la esfera privada de los periodistas ha tenido lugar con su sola identificación nominal”.

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