Es oficial: las empresas están obligadas a compensar los festivos que caigan en sábado

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Actualizado Mi?rcoles, 18 marzo 2026 - 10:05

El calendario laboral es caprichoso y sacarle el m?ximo partido no siempre es f?cil. A lo largo de un a?o, suele ocurrir que alguno de los festivos caiga en s?bado, coincidiendo con el descanso semanal que tienen aquellos que trabajan de lunes a viernes. En esos casos, tradicionalmente este d?a festivo se ha perdido, pero ahora varias sentencias del Tribunal Supremo pueden cambiar las cosas. Cabe recordar, por ejemplo, que en este 2026 el 15 de agosto, que es festivo nacional, caer? en s?bado.

Tal y como recoge Comisiones Obreras, en estas sentencias de 2025 y 2026 el AltoTribunal ha determinado con car?cter general que cuando el descanso semanal de una persona trabajadora coincide con un festivo oficial, la empresa debe compensar ese d?a.

El fundamento en el que se basa es que el trabajador tiene derecho a 14 festivos anuales legalmente establecidos por el art?culo 37 del Estatuto de los Trabajadores y son independientes del descanso semanal. Si ambos coinciden, se estar?a mermando el derecho total del descanso anual.

De esta manera, "las empresas est?n obligadas a conceder un d?a de descanso compensatorio o aplicar lo que establecen aquellos convenios que articulan la jornada en c?mputo anual, los descansos a trav?s del calendario laboral, e incluso prev?n expresamente c?mo se disfrutan o compensan los festivos y c?mo se abonan los d?as trabajados en fines de semana", se?ala Comisiones Obreras.

No es un derecho autom?tico para los que trabajan de lunes a viernes

Pese a que esta doctrina abre la puerta a poder disfrutar de nuevos d?as de descanso, lo cierto es que Glezco Asesores y Consultores recuerda que no es un derecho autom?tico para los trabajadores que tienen una jornada de lunes a viernes.

El Tribunal Supremo, en su sentencia 372/2025, se limita al caso concreto analizado en el conflicto: jornada de lunes a domingo junto a descanso fijo entre semana y p?rdida efectiva de festivos. Por tanto, no es aplicable a cualquier situaci?n.

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